domingo, 14 de octubre de 2012

FELIPE TOMÉ VUELVE A LAS ANDADAS, AHORA ES DENUNCIADO ANTE LA PROFEPA POR CONSTRUIR TRES PISOS DE MAS EN PENINSULA NVO. VALLARTA





Por Jorge Olmos Contreras

Todo parece indicar que el del empresario Felipe Tomé es un patrón de comportamiento si de realizar obras al margen de la ley se trata. Primero enfrentó severos cuestionamientos por construir las torres Península en Puerto Vallarta hace nueve años. Ahora hace lo mismo, pero en Nuevo Vallarta, donde levantó un edificio que se halla en franca y flagrante violación de la normatividad ambiental vigente, muy especialmente del Plan Parcial de Desarrollo Urbano Nuevo Vallarta y Flamingos, pues excede la altura permitida.


 

El joven empresario guanajuatense, Felipe Tomé Velázquez no aprendió la lección de Puerto Vallarta, donde sufrió en carne propia toda una serie de cuestionamientos por levantar las torres Península, toda vez que ahora, convencido de su poder e influencia, decidió romper todo lineamiento legal para construir el desarrollo Península Nuevo Vallarta, donde pisoteó las leyes en materia de impacto ambiental, burló el Pan Parcial Municipal y de paso la Ley de Desarrollo Urbano de Nayarit.

 

Pero como en el Ayuntamiento las autoridades se comportan blandengues y hasta complacientes con Felipe Tomé, algunos ciudadanos decidieron denunciarlo ante la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa), mediante la figura de la denuncia popular.

 

Antes, algunas organizaciones no gubernamentales colocaron un enorme letrero a la entrada de Península Nuevo Vallarta donde dan a conocer a la opinión pública las violaciones que ha cometido Felipe Tomé.
El letrero, dice textualmente lo siguiente:

“Por este medio se hace del conocimiento del público en general, que el Desarrollo Residencial Península Nuevo Vallarta, está violando el Reglamento de Construcción de este Condominio Maestro, así como el Plan Parcial Municipal, al construir tres niveles más de los diez que le fueron autorizados y que le son permitidos y por este motivo afrontará procedimientos judiciales y administrativos”.


Atentamente:

La Administración.


LA DENUNCIA

La denuncia popular en la Profepa –cuya copia posee el columnista--es contra la sociedad denominada Residencial Península Nuevo Vallarta, SA. De CV, propietaria del lote “HO, RC3, RC-8-2”, y/o las personas físicas o morales que resulten responsables de las obras de construcción que actualmente se realizan sobre dicho predio, ubicado dentro del Condominio Maestro Los Flamingos, toda vez que las obras y construcciones en el sitio descrito se realizan en contravención a disposiciones en materia de impacto ambiental y posiblemente en violación a la autorización en materia de impacto ambiental S.G.P.A./DGIRA/DG/2622/07, afirma uno de los quejosos.

El denunciante señala que el 01 de agosto de 2007, la sociedad denominada “Cabi Conjuntos Residenciales, S.A. DE C.V”, sometió a evaluación de la Semarnat, a través de la Dirección de Impacto y Riesgo Ambiental, la Manifestación de Impacto Ambiental, modalidad particular (MIA-P), para el proyecto “Las Olas Vallarta” misma que quedó registrada con la clave 18NA2007T0008.

Que en la MIA-P, en el Capítulo III titulado “Vinculación con los Ordenamientos Jurídicos Aplicables en Materia Ambiental”, específicamente en las páginas II-14 a II-26, el desarrollador se obligó a cumplir con las normas y lineamientos del Plan Parcial de Desarrollo Urbano Nuevo Vallarta y Flamingos, el cual, tal y como queda señalado por el mismo promovente, establece para Hoteles de Gran Turismo 4 y 5 Estrellas un máximo permitido de 10 pisos.

Asimismo, que en el resolutivo S.G.P.A./DGIRA/DG/2622/07, de fecha 08 de noviembre de 2007, en la página 6, la Dirección General de Riesgo e Impacto Ambiental reconoce al Plan Parcial de Desarrollo Urbano Nuevo Vallarta y Flamingos como uno de los ordenamientos ecológicos formulados para el estado de Nayarit.
SOLO SE PERMITEN 10 PISOS


Mientras tanto, en las páginas 11 y 12 del resolutivo, la Dirección General de Riesgo e Impacto Ambiental, transcribe la respuesta a la solicitud de opinión que le fuera formulada por dicha autoridad al Gobierno del Estado de Nayarit, el cual mediante el Oficio SEMANAY/096/97 de fecha 6 de septiembre de 2007, respecto del proyecto pretendido señaló textualmente:

 
“Aunado a lo anterior, se incluye lo especificado en la Tabla de modalidades de usos de suelo E-5 Nuevo Vallarta y Flamingos que a la letra dice:

 
Uso predominante del Suelo: H = Hoteles de Gran Turismo 4 y 5 Estrellas. …

 
5.- Número de pisos: 10 pisos. …”

 
Así las cosas y de acuerdo con lo que se menciona en el resolutivo S.G.P.A./DGIRA/DG/2622/07, del 08 de noviembre de 2007, en el último párrafo de la página 14, que el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Nuevo Vallarta y Flamingos es normatividad ambiental de observancia obligatoria, tal y como lo preceptúa el segundo párrafo del Artículo 35 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente que es del tenor siguiente:

 
“…Para la autorización de las obras y actividades a que se refiere el artículo 28, la Secretaría se sujetará a lo que establezcan los ordenamientos antes señalados, así como los programas de desarrollo urbano y de ordenamiento ecológico del territorio, las declaratorias de áreas naturales protegidas y las demás disposiciones jurídicas que resulten aplicables.”


LA PROFEPA, OMISA COMO SIEMPRE
Además, el término decimosegundo del resolutivo señala textualmente lo siguiente:

“DECIMOSEGUNDO.- La SEMARNAT, a través de la PROFEPA, vigilará el cumplimiento de los Términos y Condiciones establecidos en el presente instrumento, así como los ordenamientos aplicables en materia de impacto ambiental. Para ello ejercerá, entre otras, las facultades que le confieren los Artículos 55, 59 y 61 del Reglamento de la LGEEPA en materia de evaluación del impacto ambiental.”
Sin embargo, el quejoso señala que a la fecha, la Gaceta Ecológica no tiene publicada la presentación de alguna MIA-P a nombre de Residencial Península Nuevo Vallarta, SA de CV., ni el denunciante tiene conocimiento de que se hubiere realizado el cambio de titularidad de la autorización en Materia de Impacto Ambiental S.G.P.A./DGIRA/DG/2622/07 otorgada a Cabi Conjuntos Residenciales en favor de Residencial Península “situaciones que hacen presumir que las obras se realizan actualmente al amparo del resolutivo mencionado”.


En este contexto, se sabe que el 25 de mayo de 2010, mediante la escritura pública número 40,271, otorgada ante la fe de Luis Robles Brambila, Notario Público número 18 de Guadalajara, la sociedad denominada Cabi Conjuntos Residenciales vendió a Residencial Península el lote de terreno conocido como HO, RC3, RC-8-2 del Condominio Específico “Flamingos Nayarta”, integrante del Condominio Maestro Los Flamingos, siendo éste el lugar sobre el cual se otorgó la autorización en Materia de Impacto Ambiental S.G.P.A./DGIRA/DG/2622/07, relativa al proyecto “Las Olas Vallarta”, “hecho que hace presumir válidamente que Residencial Península realiza las obras al amparo la resolución ambiental aludida”.
Esto quiere decir, explica el denunciante, que Residencial Península se encuentra realizando la construcción del proyecto “Las Olas Vallarta” en el que actualmente se aprecia que éste consta de 13 pisos, sobrepasando el número permitido por el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Nuevo Vallarta y Flamingos, el cual es de tan sólo 10.
En este sentido, --señala el quejoso—“es claro que Residencial Península se halla en franca y flagrante violación de la normatividad ambiental vigente, muy especialmente del Plan Parcial de Desarrollo Urbano Nuevo Vallarta y Flamingos, como muy posiblemente también del resolutivo S.G.P.A./DGIRA/DG/2622/07, del 08 de noviembre de 2007, emitido por la Dirección General de Riesgo e Impacto Ambiental, constituyendo dichas violaciones el motivo de la denuncia”.

 
Sin embargo, y no obstante a que el denunciante pidió al delegado de la Profepa ordenara las visitas de verificación que procedieran, a efecto de constatar estos hechos, y en su caso aplicar las medidas correctivas, de urgente aplicación y de seguridad que resultaran procedentes y necesarias, la obra continúa y la violación de densidad también.


Por igual, el quejoso pidió que se ordenara la aplicación de las sanciones que resulten con motivo de dichas violaciones, pero tampoco se ha sancionado a los desarrolladores de Felipe Tomé, quien al parecer otra vez se saldrá con la suya… en la impunidad total.

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