Por Jorge Olmos Contreras
La
Procuraduría General de la República (PGR) contradice y desmiente a la Fiscalía
de Nayarit en el caso del joven José Luis Crespo Llabres –hijo de un empresario
español plagiado en Xalisco el 04 de febrero del año 2012--, ya que ofrece una
recompensa de un millón 500 mil pesos “a quien o quienes proporcionen
información veraz y útil, que coadyuve eficaz, eficiente, efectiva y
oportunamente para la localización de Crespo Llabres, así como para la
identificación, localización, detención o aprehensión de los probables
responsables de los delitos de secuestro y los que resulten”.
Lo
anterior según el acuerdo Específico A/044/14 publicado este miércoles 28 de
mayo del año 2014 en el Diario Oficial de la Federación, donde se especifica
que se ofrece dicha recompensa.
Sin
embargo, en el mes de marzo pasado, la Fiscalía de Nayarit difundió un boletín
informativo, donde el Fiscal Edgar Veytia se ufanaba de haber resuelto este
caso al atrapar a cuatro presuntos plagiarios del hijo del empresario español;
e incluso, de haber entregado el cuerpo a sus familiares.
En
efecto, las notas de prensa fechadas el 26 de marzo pasado (en este 2014), en
varios medios de comunicación de Nayarit, indican que “tras arduas labores de
investigación e inteligencia, la Fiscalía General del Estado a través de la
Policía Nayarit (División de Investigación) localizó y recuperó los restos de
José Luis Crespo Llabres, plagiado el 04 de febrero del año 2012 en Xalisco”.
Que “tras
dos años de intensa búsqueda y la captura de tres sujetos y una mujer que
participaron en el secuestro, se logró ubicar el lugar donde fue asesinada la
víctima, así como el rescate de los restos óseos, en un predio del Ejido
Emiliano Zapata, municipio de Xalisco”.
Que “después
de varios días de pruebas en el laboratorio de ADN de la FGE, se logró
establecer que dichos restos pertenecían al joven José Luis Crespo Llabres, de
36 años de edad, por lo que fue notificada la familia del agraviado”.
Que “en
el lugar del hallazgo fueron encontradas una colchoneta, una cobija, un par de
sandalias y prendas que el occiso vestía el día de su plagio, así como la llave
del motor de la unidad que lavaba cuando fue privado de su libertad”.
La
agencia Notimex difundió que “el fiscal general de Nayarit, Edgar Veytia Cambero,
dio a conocer que se han identificado y capturado a los responsables del
secuestro de José Luis Crespo Llabrés, hijo de un empresario de fertilizantes
español, ocurrido el 4 de febrero de 2012.
Tres
de los secuestradores se encuentran detenidos en México Algunos de los
secuestradores fueron detenidos tras catear un domicilio en el fraccionamiento
Puerta del Sol, en el municipio de Xalisco, Nayarit, donde al parecer tuvieron
secuestrada a la víctima.
De los
seis presuntos participantes en el secuestro del hijo del empresario José Luis
Crespo de las Casas, tres están detenidos en México y otro en Estados Unidos,
mientras que otros dos murieron en diferentes acciones.
En la
relatoría del caso, el fiscal de Nayarit refirió que uno de los involucrados
detenidos, identificado como Emiliano Macareno Santiago, fue el que reveló en
su declaración quien asesinó al hijo del empresario José Luis Crespo de las
Casas y quien dio la orden. Precisó que Crespo Llabrés al parecer murió a manos
del secuestrador Cristian Guadalupe López Boca Negra, por órdenes de otro de
sus captores José Manuel Enriquez Cibrián.
Según
las autoridades locales, la PGR coordinará esta semana trabajos de búsqueda del
cuerpo de la víctima, con perros entrenados, en la casa donde
"resguardaban al plagiado, en Carrillo Puerto, por el Borbollón, municipio
de Compostela".
Además,
se prevé la realización de estudios de ADN para confirmar la identidad de
Crespo Llabrés.
UNA MUJER, ENTRE LOS SECUESTRADORES
El
fiscal mencionó que dentro del grupo, una mujer identificada como María de
Jesús González fue quien puso en la mira de los secuestradores al joven, pues
"era amiga personal de José Luis Crespo Llabrés, y fue ella quien señaló
como víctima a estos cabecillas".
Veytia
Cambero refirió que los cabecillas de este grupo de secuestradores, fueron
identificados como José Manuel Enríquez Cibrián, detenido en Estados Unidos, y
Luis Montalvo Lara, éste último que en días pasados fue muerto en un
enfrentamiento en la ciudad de Tijuana.
Otro
delincuente fallecido, según el fiscal nayarita, es Cristian Guadalupe López
Bocanegra, quien falleció "en un enfrentamiento luego de asaltar la caseta
de cobro de la carretera Jalisco-Vallarta". Un sexto inculpado, se
identificó como "Gamaliel Macareno Santiago, quien recibió dinero por
participar, no directamente, pero será juzgado por encubrimiento de
secuestro", subrayó.
¿HECHO ESCLARECIDO?
El
hecho fue esclarecido, según el fiscal, dado que se investigó un número
telefónico relacionado con José Manuel Enriquez Cibrián, el cual fue
"identificado por el serial, se hizo una vinculación de llamadas, es una
labor de inteligencia".
El
periódico Excélsior a su vez, manejó
una nota el 26 de marzo pasado donde señalaba que “las autoridades mexicanas
localizaron el cuerpo del empresario español José Luis Crespo Llabres,
asesinado hace dos años durante su secuestro, y los restos ya fueron entregados
a sus familiares, informó hoy una fuente oficial.
El
portavoz de la Procuraduría General de Justicia de Nayarit, Abisaí Barajas,
dijo que los restos fueron hallados en el municipio de Xalisco, y después de
corroborar la identidad fueron entregados a sus parientes.
Una
vez localizados los restos se comprobó por medio de las pruebas de ADN la
identificación de la víctima y fue anoche que se les avisó a sus
familiares", detalló el portavoz”.
Sin
embargo, hoy en el Diario Oficial de la Federación se manejó que “el 17 de
febrero de 2012, la Unidad Especializada en Investigación de Delitos en materia
de Secuestro (UEIDMS) dependiente de la Subprocuraduría Especializada en
Investigación de Delincuencia Organizada (SEIDO), de esta Procuraduría, inició
una investigación por los delitos de secuestro y los que resulten en agravio de
José Luís Crespo Llabres, ocurrido el 4 de febrero del 2012, en el municipio de
Xalisco, en el Estado de Nayarit;
Que no
obstante los trabajos de investigación realizados y las detenciones de diversas
personas, a la fecha, se desconoce el paradero de la víctima antes mencionada y
resulta necesario además identificar, localizar y detener a otros probables
responsables;
Que la
UEIDMS consideró conveniente ofrecer una recompensa y presentó la propuesta
ante el Comité Evaluador para el Otorgamiento de Recompensas, en los términos
de lo dispuesto en los Acuerdos A/004/10 y A/167/11, ambos emitidos por el
Titular de esta Institución;
Que el
Comité Evaluador para el Otorgamiento de Recompensas, previo análisis, aprobó
la propuesta de la unidad administrativa solicitante y la sometió al Titular de
la Institución para su autorización, y
Que
por lo expuesto, resulta pertinente el ofrecimiento de recompensa a quien o
quienes aporten información veraz, eficaz, eficiente y útil para la
localización de José Luís Crespo Llabres, así como para la identificación,
localización, detención o aprehensión de los otros probables responsables de
los delitos de secuestro y los que resulten, por lo que he tenido a bien
expedir el siguiente:
ACUERDO
PRIMERO.
El presente Acuerdo Específico autoriza el ofrecimiento y entrega de recompensa
a quien o quienes proporcionen información veraz y útil, que coadyuve eficaz,
eficiente, efectiva y oportunamente para la localización de José Luís Crespo
Llabres, así como para la identificación, localización, detención o aprehensión
de los otros probables responsables de los delitos de secuestro y los que
resulten.
El
ofrecimiento y entrega de recompensa que señala este Acuerdo no será aplicable
a los servidores públicos con funciones relacionadas con la seguridad pública,
administración de justicia y ejecución de sanciones penales.
SEGUNDO.
El monto de la recompensa se determinará conforme a lo siguiente:
I. Hasta de $1, 500,000.00 (Un millón
quinientos mil pesos 00/100 M.N.) por la localización de José Luís Crespo
Llabres, y
II. Hasta de $1, 500,000.00 (Un millón
quinientos mil pesos 00/100 M.N.) por la identificación, localización,
detención o aprehensión de otras personas que hayan participado en la
planeación y ejecución de los delitos de secuestro y los que resulten,
cometidos en agravio de la persona mencionada en la fracción I.
TERCERO.
La recompensa a que se refiere el artículo anterior, se entregará a quien o
quienes aporten la información conforme a los criterios siguientes:
I. De manera proporcional en relación al
número de personas por las que se hace el ofrecimiento y a la veracidad,
utilidad, eficacia y oportunidad de la información aportada;
II. Si dos o más personas proporcionan la
información a que se refiere el artículo segundo de este Acuerdo, respecto de
las mismas personas por las cuales se hace el ofrecimiento y su veracidad,
utilidad, eficacia y oportunidad fuese la misma, la recompensa se entregará a
quien la hubiere aportado primero, y
III. Si la información es aportada por dos o más
personas simultáneamente, respecto de las mismas personas por las que se hace
el ofrecimiento, la recompensa será entregada proporcionalmente, según la
veracidad, utilidad, eficacia y oportunidad de la información aportada por cada
uno.
CUARTO.
La información que aporten los particulares sobre los hechos a que se refiere
el artículo primero de este Acuerdo, será recibida por los medios siguientes:
I. En
el domicilio: Av. Paseo de la Reforma, No. 75, primer piso, Col. Guerrero,
Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06300.
II. La
dirección de correo electrónico: denunciapgr@pgr.gob.mx.
III. En los números telefónicos (55) 53-46-15-44
y (55) 53-46-00-00, extensión 4748, en la Ciudad de México, Distrito Federal, y
01-800-831-31-96 desde cualquier parte del país.
QUINTO.
La UEIDMS designará un servidor público que recibirá la información por
cualquiera de los medios a que se refiere el artículo cuarto de este Acuerdo,
quien será el encargado de mantener la comunicación permanente con la persona o
personas que la hayan aportado, a fin de aclararla o complementarla; asimismo,
asignará un número confidencial que tendrá carácter de personal e
intransferible. Debiendo en todo momento levantar acta de la comunicación y de
su contenido.
SEXTO.
La UEIDMS deberá corroborar que la información proporcionada corresponda a la
solicitada en la oferta de recompensa y ordenará la práctica de las diligencias
que resulten conducentes con motivo de la misma, a efecto de poder determinar
que, por virtud de la misma, se ha logrado la localización de José Luís Crespo
Llabres, así como la identificación, localización, detención o aprehensión de
otras personas que hayan participado en la planeación y ejecución de los
delitos de secuestro y los que resulten, cometidos en agravio de la persona
mencionada.
TRANSITORIOS
PRIMERO.-
El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su suscripción y dejará de
surtir sus efectos en el momento en que haya sido localizada la víctima, así
como identificados, localizados, detenidos o aprehendidos los otros probables
responsables de la comisión del delito señalado en el artículo segundo,
fracción II, o en los supuestos de prescripción, extinción o no ejercicio de la
acción penal.
SEGUNDO.-
Los recursos para la entrega de la recompensa, serán asignados conforme a las
normas presupuestarias aplicables al ejercicio fiscal en que se dé por cumplido
el objeto del presente Acuerdo.
TERCERO.-
Para su mayor difusión, publíquese el presente Acuerdo en el Diario Oficial de
la Federación, en el sitio de Internet de la Procuraduría General de la
República y en el Portal de Recompensas; los pagos de recompensa y de los
gastos de difusión a que se refiere el presente Acuerdo Específico, se
efectuarán de conformidad con lo señalado en los Lineamientos para el Manejo y
Operación del Mandato de Administración para Recompensas de la Procuraduría
General de la República.
México,
Distrito Federal, a 22 de mayo de 2014.- El Procurador General de la República,
Jesús Murillo Karam.