viernes, 10 de mayo de 2013

LED LUMINA SE AMPARA Y EL JUZGADO TERCERO DE DISTRITO CONCEDE SUSPENSIÓN PROVISIONAL PARA QUE NO SE CUMPLA EL CONTRATO DE ADJUDICACIÓN DEL SERVICIO DE ALUMBRADO PÚBLICO


Por Jorge Olmos Contreras

Por alguna poderosa razón, el pasado miércoles 08 de mayo el Ayuntamiento de Puerto Vallarta representado por el secretario general, Antonio Pinto, y la empresa Citelum de México S.A de C.V., no firmaron el contrato de adjudicación del servicio de alumbrado público, y aunque el funcionario municipal dijo que obedecía a que el presidente municipal quería asegurarse de blindar jurídicamente al municipio con cláusulas que no perjudicarán el interés de la Comuna, lo cierto es que desde el lunes seis de mayo, la compañía Led Lumina S.A de C.V., se amparó contra el proceso de adjudicación y el Juzgado Tercero de Distrito le concedió la suspensión provisional para que no se cumpla dicho contrato y citó a las partes para audiencia incidental para el próximo 15 de mayo.

 

Sin embargo, para la audiencia incidental con respecto a la suspensión de la adjudicación, se está citando para el tres de junio a las 9:30 horas.

 

Al aceptar la demanda de amparo, el Juzgado Tercero de Distrito prácticamente concedió la suspensión de dicha adjudicación, juicio que se suma a otro de garantías que promovió la ciudadana Silvia Gutiérrez Estrada y que se ventila en el Juzgado Primero de Distrito en Materia Administrativa y del Trabajo.

 

Por cierto, a la audiencia incidental del jueves 09 de mayo entre el Ayuntamiento y Silvia Gutiérrez Estrada, no se presentó ningún representante del gobierno municipal, pero para no dejar en estado de indefensión a las autoridades demandadas, el Juzgado Primero de Distrito difirió la audiencia para el día seis de junio a las 9:18 horas.

Sobre el amparo que promovió Led Lumina S.A de C.V., éste ingresó en el Juzgado el 07 de mayo, y la admitieron el 08 de en el Juzgado Tercero de Distrito en Materia Administrativa y de Trabajo en el Estado de Jalisco, bajo el expediente 939/2013, según el acuerdo publicado en la página web del Consejo de la Judicatura Federal.

 

En el informe, se indica que “se admite la demanda de garantías y se solicitan informes justificados a las autoridades responsables; tramítese el incidente de suspensión solicitado por cuerda separada; dese al Agente del Ministerio Público de la Federación adscrito la intervención que en derecho le corresponde; se señalan las nueve horas con treinta minutos del tres de junio de dos mil trece, para la celebración de la audiencia constitucional; se tiene como tercero perjudicado a los ahí indicados a quien se ordena emplazar por conducto del actuario judicial adscrito; requiérase a la parte quejosa y a las autoridades responsables para que en el supuesto de existir causal de sobreseimiento en el presente juicio, así lo hagan saber a este juzgado, bajo los apercibimientos de ley; se hace del conocimiento de las partes que en un término de sesenta días naturales o hasta que se dicte la resolución correspondiente podrán manifestar si están de acuerdo en que se publiquen sus nombres y datos personales en las sentencias ejecutorias en la inteligencia que la falta de aceptación expresa conlleva a su oposición; se tiene señalando domicilio procesal y autorizados; se habilitan días y horas hábiles a efecto de que el actuario practique las notificaciones que de manera personal sean ordenadas en autos”.

Asimismo, informa el Juzgado que “Fórmese por duplicado el incidente de suspensión, pídase informes previos a las autoridades responsables, se señala audiencia incidental para las once horas con diez minutos del quince de mayo dos mil trece. Se niega por una parte y se concede por otra la suspensión provisional, para el efecto de que no se cumplan los efectos del contrato de adjudicación de obra pública, siempre y cuando se exhiba la garantía de cien mil pesos por la parte quejosa”.

 

Con este amparo, se da por un hecho que las cosas se le complicaron al Ayuntamiento, por la necedad de entregar con prontitud y con una prisa inusitada, el servicio de mantenimiento y administración del alumbrado público a una empresa privada, en este caso a Citelum de México S.A de C.V. la filial francesa del mismo nombre.

 

Como se ha informado a través de los espacios informativos de VALLARTA UNO, el proceso estuvo amañado desde el lanzamiento de la convocatoria, el cambio de una palabra en el punto de acuerdo original que el alcalde presentó ante el cabildo el pasado 25 de marzo, la tendencia de las bases de la licitación para favorecer a una compañía y perjudicar a otras, es decir, no hubo las condiciones para competir en igualdad de circunstancias; además, se ponderó más la propuesta técnica que la económica y no se contestaron con puntualidad las preguntas y dudas de las empresas que asistieron a las dos juntas de aclaraciones.

 

Las irregularidades saltaban y saltan a la vista, pero ni El Mochilas ni sus asesores las quisieron ver y, ahora la suspensión para que no se adjudique el contrato, podría llevarse días y la concesión bien podría dormir el sueño de los justos (injustos).

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